
Abogado Jefe del Consultorio Jurídico Antofagasta Norte participó en un Programa en Radio Madero
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El Abogado Jefe del Consultorio Jurídico Antofagasta Norte, Rodrigo Acevedo Torrejón, participó en un Programa en Radio Madero, oportunidad en que abordó el tema MEDIDA DE PROTECCIÓN en el ámbito de familia.
El abogado explicó a los auditores, que los Tribunales de Familia son los competentes para conocer los actos de violencia intrafamiliar regulados en la Ley N°20.066, así como todos los asuntos en que aparezcan niños, niñas o adolescentes gravemente vulnerados o amenazados en sus derechos. En este sentido indicó que el juez de familia puede actuar de oficio para adoptar medidas de protección de los niños, niñas y adolescentes y de las víctimas de violencia intrafamiliar. Asimismo, posee potestad cautelar que le permite actuar en cualquier etapa del procedimiento, aún antes de iniciado, para tomar las medidas que estime, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación.
A su vez, el profesional señaló que la Ley N° 19.968 de Tribunales de Familia contempla los procedimientos especiales de aplicación judicial de medidas de protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y de actos de violencia intrafamiliar, en los que considera medidas cautelares especiales para la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y de las víctimas de violencia intrafamiliar, respectivamente.
Además, Rodrigo Acevedo, explicó que es al juez con competencia en lo penal, a quien corresponde conocer del delito de maltrato habitual regulado en la Ley N° 20.066, también puede decretar medidas cautelares que sean necesarias para proteger de manera eficaz y oportuna a los niños, niñas y adolescentes víctimas. Por último, indicó que fuera del ámbito familiar, el Código Penal sanciona el maltrato corporal relevante contra un niño, niña o adolescente y aumenta su pena si el agresor tiene el deber especial de cuidado o protección de la víctima menor de edad (Ley N° 21.013).
La actividad se realizó el 13-11-2023
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Además, Rodrigo Acevedo, explicó que es al juez con competencia en lo penal, a quien corresponde conocer del delito de maltrato habitual regulado en la Ley N° 20.066, también puede decretar medidas cautelares que sean necesarias para proteger de manera eficaz y oportuna a los niños, niñas y adolescentes víctimas. Por último, indicó que fuera del ámbito familiar, el Código Penal sanciona el maltrato corporal relevante contra un niño, niña o adolescente y aumenta su pena si el agresor tiene el deber especial de cuidado o protección de la víctima menor de edad (Ley N° 21.013).