CAJTA participa en juicio que obtiene condena a hombre que abusaba de sobrinos
EL PROGRAMA MI ABOGADO REGIÓN DE TARAPACÁ PARTICIPA EN CALIDAD DE CURADOR AD LITEM EN JUICIO ORAL EN QUE SE CONDENA A 20 AÑOS A HOMBRE QUE ABUSABA DE SUS 4 SOBRINOS
NOTA DESTACADA
El tribunal oral en lo penal de Iquique en un fallo unánime dio por acreditado el delito de abuso sexual reiterado realizado entre los años 2016 y 2019, los hechos ocurrieron en el domicilio de la abuela, madre del acusado, quien en esa época detentaba el cuidado personal de las 4 víctimas, aprovechándose de la vulnerabilidad para realizar actos de relevancia y significación sexual.
En el juicio, la fiscal Priscilla Silva presentó los testimonios de las víctimas, de la profesional del colegio donde ellas estudiaban y que recibió la develación de una de las niñas realizando la denuncia ante la policía; de un familiar que dio cuenta que las víctimas estaban al cuidado de su abuela y que el tío vivía en el mismo domicilio; y de los funcionarios de la Brigada de Delitos Sexuales de la Policía de Investigaciones que realizaron las diligencias investigativas.
En este punto se destaca el trabajo de los profesionales del Programa Mi Abogado, unidad dependiente de la Corporación de Asistencia Judicial, unidad que tiene por finalidad representar jurídicamente a niños, niñas y adolescentes, quienes, a través de su abogada curadora Paula Pávez, trabajadora Social Cinthia Vásquez y psicólogo Alexander Palma se encargaron de prestar contención emocional a las víctimas durante el proceso, gestionar la comparecencia de víctimas y familiares que se encontraban en calidad de testigos y garantizar que durante las diversas jornadas de juicio oral, no se vulneraran los derechos de los niños y niñas a quienes representan.
Es así que, gracias al trabajo mancomunado de todas las instituciones intervinientes es que se ha logrado condenar unánimemente al acusado de iniciales M.N.A.C y dar un castigo ejemplificador de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.